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El cantante Antonio Ríos, descubierto en una fiesta clandestina en Villa Crespo a punto de dar un show

Quedó imputado por violar el artículo 205. Además, la Policía de la Ciudad desbarató otras dos reuniones con exceso de aforo y detuvo en total a cinco personas

El cantante Antonio Ríos, descubierto en una fiesta clandestina en Villa Crespo a punto de dar un show

El cantante de cumbia Antonio Ríos quedó imputado por el artículo 205 del Código Penal, que refiere a la violación de medidas de restricción en el marco de la pandemia de coronavirus, tras ser descubierto en una fiesta clandestina realizada en un local bailable del barrio porteño de Villa Crespo, donde estaba por brindar un show musical. Además, la Policía de la Ciudad desactivó otras dos reuniones que incumplían las normativas vigentes.

Según informaron fuentes policiales a Infobae, la reunión donde se encontraba el artista se llevaba a cabo en un espacio localizado en la calle Vera al 500, justo a 20 metros de un outlet de zapatillas donde a mediados de julio se desarticuló una fiesta con 80 personas.

Efectivos de la Comisaría Vecinal 15B se trasladaron hasta allí pasadas las 3.45 de la madrugada de hoy. Cuando arribaron, observaron adentro del local a una gran cantidad de personas aglomeradas, música fuerte, mesas, equipos de música y luces e incluso una barra de tragos. En total, eran 77 los invitados y el cantante de 66 años estaba esperando para comenzar su show.

Ante esta situación, los oficiales entrevistaron al encargado del lugar, quien se justificó diciendo que se trataba de una “fiesta privada”.

En la causa intervino la Fiscalía Penal, Contravencional y de Faltas N 5, a cargo del doctor Miguel Kesller, quien dispuso la detención del encargado de la fiesta, de 34 años. También fueron arrestados dos hombres y una mujer, de 26, 28 y 32 años, que intentaron provocar disturbios contras los uniformados cuando los invitados se estaban desconcentrando. Estas tres personas, además, fueron acusadas de resistencia a la autoridad.

Cabe destacar que el artículo 205, por el cual Ríos quedó imputado, forma parte del capítulo IV del Código -Delitos contra la salud pública- y determina que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.

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