Además, a Matías Ezequiel Ortega le impuso 3 años de prisión condicional, y para mantener su libertad deberá dar cumplimiento a pautas de conducta por el término de la condena.
Rojas Carabajal, fue sentenciado por ser autor material y responsable de los delitos de “Robo calificado de motovehículo y resistencia a la autoridad”; “Robo simple en grado de tentativa”; “Robo en poblado y en banda, dos hechos”;“Robo simple, dos hechos”; y “Hurto y Robo con perforación o fractura” todo en concurso real.
Por su parte, a Matías Ortega lo condenaron por ser autor material y responsable del delito de “Robo en poblado y en banda”.
Los hechos
De acuerdo con la requisitoria de la Fiscalía los ilícitos ocurrieron en la ciudad de Perico y en todos ellos participó el acusado Rojas Carabajal. El primero fue en septiembre de 2017, en el barrio Éxodo Jujeño, cuando robó una motocicleta luego de romperle la traba de seguridad.
Horas después del hecho, fue divisado y detenido por personal policial tras oponer resistencia a la autoridad.
En febrero de 2018, luego de violentar los candados de la puerta de acceso a una vivienda, robó del interior de la misma numerosos elementos de valor. El ilícito fue cometido en un domicilio del barrio 21 de Septiembre, siendo detenido por la policía mientras intentaba huir del lugar.
En marzo del mismo año, el acusado, junto a Matías Ortega y otra persona de sexo masculino a establecer, ingresaron a un inmueble ubicado en la viviendas de la Tupac Amaru de la décima quinta etapa del barrio Nueva Ciudad, sustrayendo de allí múltiples objetos y dinero, para luego darse a la fuga en un remis que los estaba esperando.
En otro hecho, julio de 2018, Rojas Carabajal y una persona más a establecer, sorprendieron a una mujer en calle Líbano del centro de Perico y le arrebataron el teléfono celular.
Durante 2019, precisamente el 8 de marzo, el acusado, previo violentar las rejas de la ventana de una vivienda ubicada en el Loteo Solá, sustrajo dos televisores, de 49 y 32 pulgadas respectivamente, y un teléfono celular.
Tiempo después, en septiembre de 2018, Rojas Carabajal junto a Luciano Martín Tercero, quién no fue habido, y una persona a establecer identidad, robaron un televisor de 42 pulgadas, una garrafa y una netbook de un inmueble ubicado en el barrio Libertad.
Posteriormente, en diciembre de 2019, el imputado robó en dos viviendas, una en el barrio Tupac Suetra y otra en el Tupac Amaru, ambas del sector La Nueva Ciudad.
De los inmuebles sustrajo televisores, garrafas, dinero y otros objetos.
Juicio Abreviado
El Tribunal fue integrado por las juezas Ana Carolina Pérez Rojas – presidenta de trámite-, María Margarita Nallar y el juez Mario Ramón Puig. En tanto, la secretaría estuvo a cargo del Dr. Martín De Athayde Moncorvo.
El juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento de Juicio Abreviado Inicial, establecido en el Artículo 385 del Código Procesal Penal de la Provincia.
El mismo puede ser aplicado a solicitud del Ministerio Público Fiscal si este considera que corresponde aplicarle al acusado una pena privativa de la libertad de hasta 6 años o una pena no privativa de libertad.
Además, para que esta solicitud sea admisible, es necesaria la conformidad de los imputados, quienes asistidos por sus abogados defensores admiten la existencia de los hechos y su participación en los mismos. Finalmente, se requiere también el acuerdo del Tribunal de juicio.
Como representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñó el Dr. Alejandro Maldonado. La defensa técnica de Rojas Carabajal estuvo a cargo del Dr. Luís Rubén Gutiérrez, en tanto la de Ortega fue ejercida por el Defensor Oficial Penal de Perico, Dr. Pablo Guillermo Lozano.
Los fundamentos de la sentencia fue dada a conocer recientemente por el Tribunal en lo Criminal Nº 3.