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Se aprobó la regulación del uso de monopatín eléctrico

No será necesario contar con algún tipo de carnet de conducir para desarrollar este tipo de actividad, pero hay una serie de parámetros de seguridad que se deberán respetar.

IMAGEN ILUSTRATIVA
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El Concejo Deliberante de la capital jujeña aprobó este miércoles la regulación del uso del monopatín eléctrico que establece una serie de parámetros para garantizar la seguridad de quienes lo utilizan como medio de transporte y también la de los transeúntes. Además fija las multas que se aplicarán a quienes no cumplan estas disposiciones.

En la sesión que tuvo lugar este miércoles por la mañana, los concejales de San Salvador de Jujuy aprobaron una adhesión a lo que había dictado la Agencia Nacional de Seguridad Vial en relación al uso de monopatines eléctricos.

Alguno de los puntos que establece la ordenanza son:

- Uso obligatorio de casco, que puede ser el que se utiliza para circular en bicicleta.

- Uso de luz roja en la parte trasera del monopatín y luz blanca en la parte delantera en caso de transitar en horario nocturno.

- Utilizar las vías habilitadas, en este caso, la calzada de mano derecha.

- Velocidad máxima de 30 kilómetros por hora.

- Edad mínima de 16 años para poder utilizar un monopatín.

Cabe destacar que la ordenanza establece que no será necesario contar con algún tipo de carnet de conducir para desarrollar este tipo de actividad.

En cuanto a las sanciones por incumplir estas disposiciones, se establecieron multas económicas basadas en unidades fijas, en base al valor del litro de nafta súper establecidas en la Ley Nacional de Tránsito. En el caso de San Salvador, el litro alcanza los $97,70.

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